Sede Electrónica

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Todas las solicitudes y notificaciones que hagan las personas jurídicas (empresas, asociaciones culturales, etc.), profesiones liberales (autónomos),Sociedades y Fundaciones municipales, el personal del ayuntamiento y los miembros de la Corporación deberá realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica. Si llegan por correo ordinario, enviamos una carta informando que debe presentarse electrónicamente por la sede y devolviendo la documentación que nos hayan remitido.

Por el momento (hasta octubre de 2018) a los únicos que no obliga la ley a notificar electrónicamente es a las personas físicas.

Para facilitar la comunicación electrónica es necesario utilizar alguno de los certificados digitales homologados. Se pueden obtener en el portal de CERES de la Fábrica de Moneda y Timbre.

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